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Aviso: Avisos de Remate

Fecha: 2026-03-15

Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura República de Colombia Juzgados Civiles de Ejecución de Sentencias Cali - Valle del Cauca SIGCMA JUZGADO 03 CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE CALI - VALLE DEL CAUCA memorialesj03ofejecmcali@c endoj.ramajudicial.gov.co; Radicación memoriales Juzgado 03 OFICIO AVISO DE REMATE Santiago de Cali, 23 de febrero 2026. Oficio No. 3383/2026. PROCESO: EJECUTIVO CON ACCION REAL DEMANDANTE: ENRIQUE CARDONA C.C. NO. 14943943 DEMANDADO: PAULA ANDREA LOZANO REALPE C.C. NO. 67031935 RADICACIÓN: 76001400302720 230096300 Copia; cristian.ortiz@excelsisa bogados.com; Cordial Saludo, El Juzgado 03 Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali, mediante Auto calendado 23 de febrero de 2026, resolvió 1.- SEÑALAR el día 16 del mes de ABRIL del año 2026, a la hora de las 10:00 AM, para que se lleve a cabo la diligencia de remate del 50% del bien inmueble identificado con matrícula N°370-437069 ubicado en la carrera 41E2#54-79 Ciudad Cordoba Avalúo: $61.620.750 Secuestre: INVERSIONES SERNA Y ASOCIADOS SAS - Victor Eduardo Serna Villa Celular: 4085721 - 3154261782 -3166458155 Correo: inversionessernayasoc iados@gmail.com 2.- COMENZARÁ la diligencia a la hora indicada y tendrá una duración de una hora, siendo postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%), del total del avalúo y postor hábil el que previamente consigne ante el Banco Agrario de la ciudad, el equivalente al 40% que ordena la ley. 3.-ADVIERTASE al DEMANDANTE, que por tratarse de un proceso mediante el cual se hace efectiva una garantía real, la adjudicación del bien por cuenta del crédito debe hacerse por el 100% del avalúo aprobado para ese bien ($61.620.750), lo anterior de conformidad a lo señalado en el numeral 5 del art. 468 del C.G.P y en la sentencia de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia STC2136-2019 de 25 de febrero de 2019 M.P. Dra Margarita Cabello Blanco. 4.-EXPIDASE por secretaria el aviso de remate correspondiente y remítase al interesado a la mayor brevedad posible por el medio más expedito y eficaz para su debido diligenciamiento o de ser el caso fíjese cita presencial para su respectiva entrega el día hábil siguiente que quede ejecutoriado el presente proveído. 5.- PUBLIQUESE el respectivo aviso de remate, con antelación no inferior a diez días a la fecha señalada para el remate, conforme al Art. 450 del C.G.P., en uno de los periódicos de más amplia circulación en la localidad o en una radiodifusora del lugar. 6.- PREVENGASE a la parte ejecutante para que adjunte copia o la constancia de la publicación del aviso de remate y un certificado de libertad tradición actualizado del bien a rematar, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate. 7.- INFORMAR A LOS USUARIOS que, la audiencia de remate se llevará a cabo de manera virtual a través de la plataforma TEAMS y en la forma indicada en el protocolo establecido para ello; y que se encuentra publicado en el micro sitio web de este Juzgado en la página de la Rama Judicial. Lo anterior a fin de garantizar los principios de transparencia, integridad y autenticidad del medio utilizado. 8.- ENTERESE a las partes que el aviso de remate será publicado en el en el micro sitio web de este Juzgado en la página de la Rama Judicial. 9.-PREVENGASE a los usuarios que para efectos de la diligencia de remate, solo serán tenidas en cuenta las posturas que se remitan al correo j03ejecmcali@cendoj.r amajudicial.gov.co, esto conforme el protocolo establecido micro sitio web de este Juzgado, en concordancia con la Circular PCSJ21-26 del 17 de noviembre del 2021 y el Acuerdo PCSJA22- 11972 de 2022 emitidos por el Consejo Superior de la Judicatura.” (Fdo.) CECILIA EUGENIA BOLAÑOS ORDOÑEZ (Juez).” Porcentaje a consignar para hacer postura: cuarenta por ciento (40%) del avalúo ordenado por la ley (Art. 451 C.G.P), que deberá ser consignado previamente en la Cuenta Única de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Cali No. 760012041700 del Banco Agrario código del despacho No. 760014303000. Postura admisible: el setenta por ciento (70%) del avalúo, de conformidad con lo establecido por el artículo 448 del C.G.P. Para los fines pertinentes y por el término legal, se expide el presente aviso de remate y copia del mismo se entregará a la parte interesada el cual deberá incluirse en un “…listado publicado por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad o, en su defecto, en otro medio masivo de comunicación que señale el juez. El listado se publicará el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate…” (Artículo 450 del C.G.P.). INFORMACIÓN AL USUARIO: La audiencia de remate se llevará cabo de manera virtual en la forma indicada en el protocolo establecido para tal fin; y que se encuentra publicado en el micrositio web, link: https://publicacionesproce sales.ramajudicial.gov.co/web/publicacionesp rocesales/inicio?p_p_id=co_com_avanti_efectosProce sales_PublicacionesEfectosProce salesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqI Wbb&p_p_lifecycle=0&p_p_state=no rmal&p_p_mode=view&_co_com_avanti_ef ectosProcesales_PublicacionesEfecto sProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevq IWbb_tipoCategoria=tipoPub&_co_co m_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfect osProcesalesPortlet_INSTANCE_qO zzZevqIWbb_action=filterCategories&_c o_com_avanti_efectosProcesales_P ublicacionesEfectosProcesalesPortl et_INSTANCE_qOzzZevqIWbb_idTipo=8766896, Valle del Cauca, Despacho Judicial correspondiente. Lo anterior a fin de garantizar los principios de transparencia, integridad y autenticidad del medio utilizado. Sírvase proceder de conformidad. Atentamente, LORNA ALEXANDRA CUADROS GONZALEZ Profesional Universitario Grado 17 Líder Área Gestión Documental Oficina de Apoyo Judicial Ejecución Civil Municipal de Cali IMPORTANTE: Este medio se firma de manera electrónica por tanto, no tienen caducidad. Para su confirmación verificación de autenticidad por favor acceda a la página www.ramajudicial.gov.co (firma electrónica) o ingrese al link https://procesojudicial.ram ajudicial.gov.co /firma electr ónica/ y digite el número que figura en la parte inferior Firmado Por: Lorna Alexandra Cuadros González Profesional Universitario Oficina De Apoyo Ejecución Setencias Civil Municipal Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 6861fdca090b21a15d3171 6268fd29a5f3b53f138476069 b6f072f2bfd03ee02 Documento generado en 05/03/2026 10:58:00 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ram ajudicial.gov.co/FirmaElectron ica El proceso de la referencia fue remitido a este despacho, de conformidad con los Acuerdos No. PSAA15-10402 (Octubre 29 de 2015), No. PSAA15-10412 (Noviembre 26 de 2015) y No. PSAA15-10414 - Noviembre 30 de 2015 “Por el cual se modifica y ajusta el Acuerdo PSAA15-10402 de 2015” y a su vez se crean con “carácter permanente unos despachos judiciales y cargos en todo el territorio nacional”, ambos proferidos por el Consejo Superior de la Judicatura.-Sala Administrativa. OFICINA DE APOYO JUDICIAL EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE CALI CALLE 8 No. 1-16 oficina 203 EDIFICIO ENTRECEIBAS Citas atención al público apofejecmcali@cend oj.ramajudicial.gov.co Código: 9651