Aviso: Avisos de Remate
Fecha: 2026-04-05
Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura República de Colombia JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL ULLOA VALLE Cr 3 No. 5-14 Email: j01pmulloa@cendoj.r amajudicial.gov.co Cel. 3178872606 AVISO DE REMATE LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE ULLOA VALLE, HACE SABER Que dentro del proceso EJECUTIVO PARA LA EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA REAL Radicación 760204089001- 2024.00263.00 seguido por JOSÉ MARÍA RESTREPO JARAMILLO, identificado con la cédula de ciudadanía número 6.523.950, contra el señor FABIÁN ANDRÉS OSORIO JARAMILLO, cedulado bajo el número 94.407.553, mediante auto 0172 del 05 de marzo de 2026, se ha señalado como nueva fecha, EL DÍA 22 DE ABRIL DE 2026 A LAS 9:00 A.M., para que tenga lugar el remate del siguiente bien inmueble: El CIEN POR CIENTO (100%) de un predio urbano, ubicado en el corregimiento Montezuma, jurisdicción del municipio de Ulloa Valle, de una extensión superficiaria aproximada de dos mil cincuenta y cuatro punto dos metros cuadrados (2.054,2M2), propiedad del demandado FABIAN ANDRÉS OSORIO JARAMILLO, el cual se encuentra dentro de un lote de terreno de mayor extensión, no tiene construcción alguna y no tiene sembrados, solo pasto, también cuenta con cometida de acueducto en parte. La base mínima del remate será $ 57.512.000.oo que cubre el 70% del avalúo o precio dado al bien -Art. 448 inciso tercero C. G. P.-. Y será postor hábil quien consigne previamente a órdenes del Juzgado, en la cuenta de depósitos judiciales del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A., la suma de $32.864.000,oo correspondiente al 40% del avalúo.-Art. 451 primer inciso del C.G.P-. LA LICITACIÓN: Empezará a las nueve de la mañana de la mañana (9:00 a.m.) y no se cerrará sino transcurrida una hora por lo menos, siendo la base de la licitación el 70 % del avalúo del bien, de conformidad con lo establecido en el artículo 448 del C G del P y postor hábil el que previamente consigne el 40% del avalúo a órdenes del Juzgado, en el Banco Agrario de Colombia S.A., agencia Ulloa conforme el artículo 451 del C.G. del P. Quien sea único ejecutante o acreedor ejecutante de mejor derecho podrá rematar por cuenta de su crédito los bienes materia de la subasta sin necesidad de consignar el porcentaje, siempre que aquel equivalga por lo menos al 40% del avalúo; en caso contrario consignará la diferencia. RADICACIÓN DEL PROCESO: 768454089001- 2024-00263-00. JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE ULLOA VALLE. LAS CONSIGNACIONES PARA LA POSTURA U OFERTAS DE REMATE se realizarán en la cuenta institucional del juzgado 768452042001 Banco Agrario de Colombia agencia Ulloa Valle. La parte interesada deberá anunciar al público el remate, mediante la inclusión en un listado que se publicará por una sola vez el día domingo, en un periódico de amplia circulación en la localidad, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el mismo. EL REMATE SE REALIZARÁ DE MANERA VIRTUAL A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA MSTEAMS El remate del inmueble, se llevará a cabo de manera virtual a través de la plataforma Msteams, dispuesta por el Consejo Superior de la Judicatura. a través del link que estará publicado en la página www.ramajudicial.gov.co -Portal Publicaciones Procesales- micrositio del Despacho - Remates. Donde además se encontrará el vínculo de acceso al expediente digitalizado y se publicará el aviso de remate para acceso y consulta de los interesados. Los interesados enviarán al email del Juzgado: j01pmulloa@cendoj.ram ajudicial.gov.co sus correos electrónicos a través de los cuales se les compartirá el enlace correspondiente para hacer posible su vinculación. FORMA DE HACER LLEGAR LA OFERTA Y PLAZO: Se advierte a los postores que la oportunidad procesal para presentar posturas de remate será dentro de los 5 días anteriores a la celebración de la respectiva diligencia y dentro de la hora siguiente al inicio de la misma, debiendo presentar sus ofertas en el correo electrónico j01pmulloa@cendoj.r amajudicial.gov.co en formato PDF con la respectiva contraseña a efectos de garantizar la reserva y rotulado con la palabra “oferta”, de tal suerte que, solo el postulante conozca la información incluida en su archivo y atendiendo lo dispuesto en el protocolo para diligencias de remate o en su defecto, dentro del mismo plazo, las harán llegar físicas en sobre cerrado a la Secretaría del despacho, se harán públicas precluida la oportunidad para realizar postura, se abrirán los sobres o se compartirá pantalla desde el computador del Juez, adjudicándose el inmueble a la mejor oferta. La oferta debe ser legible, estar suscrita por el interesado o postor. Si es persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de uno. Si esa una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este. En la oferta se debe individualizar el bien por el que se pretende hacer postura y el monto de la oferta. Allegar copia del Depósito judicial para hacer postura, que corresponde al 40% del avalúo del bien. Arrimar copia del documento de identidad del postor o del Certificado de Existencia y Representación, según se trate de persona natural o jurídica, en este último caso con fecha de expedición no superior a 30 días. Copia del poder y documento de identidad del apoderado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado. A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta digital, conforme a las formalidades exigidas por el artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberá constar en un solo archivo digital, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante y que solo suministrará al juez en el momento oportuno de la audiencia. Las ofertas serán reservadas y permanecerán bajo custodia del juez, en el buzón digital del despacho. En la celebración de la audiencia virtual será necesaria la presencia de los postores, para que al momento de abrir los archivos digitales suministren la correspondiente contraseña. Se advierte a los postores que deben enterarse para el momento de la subasta sobre las deudas que tenga el inmueble objeto del proceso, relativas a impuestos, servicios públicos, o si es del caso, de gastos de administración. Secuestre: EDUARD JULIÁN LÓPEZ ESCOBAR, C.C. 1.112.759.991 expedida en Cartago, Celular 3113133876, asignado por la inmobiliaria INMOLEGAL S.A.S. NATHALIA JISSELT BEDOYA MOLINA Secretaria