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Aviso: Avisos de Remate

Fecha: 2026-04-26

JUZGADO 03 CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE CALI - VALLE DEL CAUCA memorialesj03ofejecmcali@ cendoj.ramajudicial.gov.co; Radicación memoriales Juzgado 03 OFICIO AVISO DE REMATE Santiago de Cali, 13 de abril 2026. Oficio No. 0224/2026. PROCESO: EJECUTIVO DEMANDANTE: LUIS ALFONSO IBAÑEZ ARZAYUS C.C.: 14935239 DEMANDADO: WILLIAM ANDRES GOYES PALLES C.C: 87217940 RADICACION: 76001400 302020230050900 Copia; mlcarvajalo@yahoo.com; Cordial Saludo, El Juzgado 03 Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali, mediante Auto calendado el 20 de marzo de 2026, resolvió 1.-SEÑALAR el día 12 del mes de MAYO del año 2026, a la hora de las 10:00 AM , para que se lleve a cabo la diligencia de remate del bien inmueble identificado con la matrícula inmobiliaria No.370-827441 ubicado en la carrera 101 A #42-45 Conjunto Residencial Altoverde VIS Apartamento C-401-Bloque C, ubicado en la ciudad de Cali. Avalúo: $172.586.250 Secuestre: Juan Carlos Olave-Constructora e Interventoria Los Samanes SAS Teléfono: 3166099466-3015842130-602 4027432 2.- COMENZARÁ la diligencia a la hora indicada y tendrá una duración de una hora, siendo postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%), del total del avalúo y postor hábil el que previamente consigne ante el Banco Agrario de la ciudad, el equivalente al 40% que ordena la ley. 3.-ADVIERTASE al DEMANDANTE, que por tratarse de un proceso mediante el cual se hace efectiva una garantía real, la adjudicación del bien por cuenta del crédito debe hacerse por el 100% del avalúo aprobado para ese bien ($172.586.250), lo anterior de conformidad a lo señalado en el numeral 5 del art. 468 del C.G.P y en la sentencia de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia STC2136-2019 de 25 de febrero de 2019 M.P. Dra Margarita Cabello Blanco. 4.-EXPIDASE por secretaria el aviso de remate correspondiente y remítase al interesado a la mayor brevedad posible por el medio más expedito y eficaz para su debido diligenciamiento o de ser el caso fíjese cita presencial para su respectiva entrega el día hábil siguiente que quede ejecutoriado el presente proveído. 5.- PUBLIQUESE el respectivo aviso de remate, con antelación no inferior a diez días a la fecha señalada para el remate, conforme al Art. 450 del C.G.P., en uno de los periódicos de más amplia circulación en la localidad o en una radiodifusora del lugar. 6.- PREVENGASE a la parte ejecutante para que adjunte copia o la constancia de la publicación del aviso de remate y un certificado de libertad tradición actualizado del bien a rematar, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate. 7.- INFORMAR A LOS USUARIOS que, la audiencia de remate se llevará a cabo de manera virtual a través de la plataforma TEAMS y en la forma indicada en el protocolo establecido para ello; y que se encuentra publicado en el micro sitio web de este Juzgado en la página de la Rama Judicial. Lo anterior a fin de garantizar los principios de transparencia, integridad y autenticidad del medio utilizado. 8- ENTERESE a las partes que el aviso de remate será publicado en el en el micro sitio web de este Juzgado en la página de la Rama Judicial. 9.-PREVENGASE a los usuarios que para efectos de la diligencia de remate, solo serán tenidas en cuenta las posturas que se remitan al correo j03ejecmcali@ cendoj.ramajudicial.gov.co, esto conforme el protocolo establecido micro sitio web de este Juzgado, en concordancia con la Circular PCSJ21-26 del 17 de noviembre del 2021 y el Acuerdo PCSJA22- 11972 de 2022 emitidos por el Consejo Superior de la Judicatura.” (Fdo.) CECILIA EUGENIA BOLAÑOS ORDOÑEZ (Juez). Porcentaje a consignar para hacer postura: cuarenta por ciento (40%) del avalúo ordenado por la ley (Art. 451 C.G.P), que deberá ser consignado previamente en la Cuenta Única de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Cali No. 760012041700 del Banco Agrario código del despacho No. 760014303000. Postura admisible: el setenta por ciento (70%) del avalúo, de conformidad con lo establecido por el artículo 448 del C.G.P. Para los fines pertinentes y por el término legal, se expide el presente aviso de remate y copia del mismo se entregará a la parte interesada el cual deberá incluirse en un “…listado publicado por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad o, en su defecto, en otro medio masivo de comunicación que señale el juez. El listado se publicará el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate…” (Artículo 450 del C.G.P.). INFORMACIÓN AL USUARIO: La audiencia de remate se llevará cabo de manera virtual en la forma indicada en el protocolo establecido para tal fin; y que se encuentra publicado en el micrositio web, link: https:// publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/ web/publicaciones procesales/inicio?p_p_id=co_com_ avanti_efectosProcesales_ PublicacionesEfectosProce salesPortlet_INSTANCE_ qOzzZevqIWbb&p_p_lifecycle=0&p_p_ state=normal&p_p_mod e=view&_co_com_avanti_ efectosProcesales_ PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_IN STANCE_qOzzZevqIWbb_ tipoCategoria=tipoPub&_co_com_avanti_ efectosProcesales_P ublicacionesEfectosProcesalesPortlet_ INSTANCE_qOzzZevqIWbb_ action=filterCategorie s&_co_com_avanti_efectosProcesales_ PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTAN CE_ qOzzZevqIWbb_idTipo=8766896, Valle del Cauca, Despacho Judicial correspondiente. Lo anterior a fin de garantizar los principios de transparencia, integridad y autenticidad del medio utilizado. Sírvase proceder de conformidad. Atentamente, LORNA ALEXANDRA CUADROS GONZALEZ Profesional Universitario Grado 17 Líder Área Gestión Documental Oficina de Apoyo Judicial Ejecución Civil Municipal de Cali IMPORTANTE: Este medio se firma de manera electrónica por tanto, no tienen caducidad. Para su confirmación verificación de autenticidad por favor acceda a la página www.ramajudicial.gov.co (firma electrónica) o ingrese al link https:// procesojudicial.ramajudicial.gov.co /firma electrónica/ y digite el número que figura en la parte inferior. El proceso de la referencia fue remitido a este despacho, de conformidad con los Acuerdos No. PSAA15-10402 (Octubre 29 de 2015), No. PSAA15-10412 (Noviembre 26 de 2015) y No. PSAA15-10414 - Noviembre 30 de 2015 “Por el cual se modifica y ajusta el Acuerdo PSAA15-10402 de 2015” y a su vez se crean con “carácter permanente unos despachos judiciales y cargos en todo el territorio nacional”, ambos proferidos por el Consejo Superior de la Judicatura.-Sala Administrativa. OFICINA DE APOYO JUDICIAL EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE CALI CALLE 8 No. 1-16 oficina 203 EDIFICIO ENTRECEIBAS Citas atención al público apofejecmcali@cendoj.ramajudicial.gov.co Código: 9651 Firmado Por: Lorna Alexandra Cuadros González Profesional Universitario Oficina De Apoyo Ejecución Setencias Civil Municipal Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bcb6c1868acc 59a5d6d76aab3bb39 d695d3dac2eaf8f76474 da82e347c71b937 Documento generado en 22/04/2026 04:02:12 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https:// firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/ FirmaElectronica