Logo izquierdo Logo derecho

Aviso: Avisos de Remate

Fecha: 2026-07-26

AVISO DE REMATE JUZGADO TERCERO (3) PROMISCUO MUNICIPAL DE CANDELARIA j03prmpalcandelaria@ cendoj.ramajudicial.gov.co CALLE 9 No. 9 - 32 Candelaria HACE SABER Que en el proceso EJECUTIVO PARA LA EFECTIVIDAD DE LA GARANTIA REAL instaurado por el BANCO CAJA SOCIAL S. A. contra BYRON HERNAN GUERRERO BRAVO con radicación No.76130408900 120240013400 se fijó el día 12 de agosto del año 2026 a las nueve de la mañana (9:00 A.M)., para llevar a cabo la diligencia de REMATE sobre el bien INMUEBLE, de propiedad del demandado BYRON HERNAN GUERRERO BRAVO CC. 1.086.134.209. El bien inmueble a rematar corresponde a una propiedad identificada con la matricula inmobiliaria No.378- 243403 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Palmira, el cual se encuentra ubicado en la siguiente dirección: Calle 12B No.20 Oeste -47, Manzana B6, Casa 11B, Urbanización Manzanares de Ciudad del Valle 2, Municipio de Candelaria – (Valle del Cauca), (Numeral 2 Art. 450 del C.G.P). Diligencia de remate que se llevará a cabo de forma VIRTUAL de conformidad con lo dispuesto en el Art. 452 del C.G.P. por la plataforma Microsoft Teams, para ese fin los interesados enviarán al email del Juzgado: j03prmpalcandelaria@ cendoj.ramajudicial.gov.co sus correos electrónicos con el que se les incluirá y se les permitirá ingresar a la misma mediante la opción unirse a la reunión que les aparecerá en el correo con la invitación. En el asunto pondrán diligencia de remate y la radicación del proceso. Forma de hacer llegar la oferta y plazo: Las ofertas se harán llegar directamente al correo del Juzgado: j03prmpalcandelaria@ cendoj.ramajudicial.gov.co, las cuales serán públicas solamente al finalizar la audiencia donde se compartirá pantalla desde el computador de la Juez, llevándose el inmueble la mejor postura. Se garantiza absoluta reserva. El plazo será cinco (5) días anteriores al remate y una (1) hora durante la diligencia. En caso de que se llegue más de una postura se tendrá en cuenta la última. La apertura de las ofertas secretas se hará compartiendo pantalla durante la audiencia virtual. El bien inmueble fue avaluado en la suma de CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS PESOS MONEDA CORRIENTE ($149.267.300) M/cte. Será postor admisible el que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien inmueble ($104.487.110), y será postor hábil quien consigne previamente a órdenes del Juzgado en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia S.A., la suma de ($59.706.920) correspondiente al 40% del avalúo del bien inmueble. -Arts. 448 inciso 3° y 451 del C.G.P.” La postura deberá presentarse en forma digital en un documento que deberá allegarse con clave asignada por el oferente, la cual deberá ser escuchada en audiencia, mediante mensaje de datos a cuenta de correo electrónico del despacho judicial: j03prmpalcandelaria@ cendoj.ramajudicial.gov.co, cuyo asunto deberá determinarse como “POSTURA REMATE”, acompañado del número de radicación del proceso, en los términos de los articulo 451 y 452 del CGP. En la oferta presentada, los interesados deberán individualizar los bienes por los que hace postura, cuantía de la postura, nombre completo del postor, identificación, número de celular del postor o su apoderado, certificado de existencia y representación legal en caso de personas jurídicas, y copia del depósito judicial materializado para hacer postura Funge como secuestre del bien objeto de litigio señor JAMES SOLARTE VÉLEZ, Dirección Email. Jazsol60@hotmail.com, celular 3154621650 de Pradera Valle, para efectos de mostrar el bien objeto del remate. (Numerales 3 y 5 Art. 450 C.G.P.). El remate se anunciará al público mediante la inclusión en un listado que se publicará por una sola vez el día domingo, en un periódico de amplia circulación (El Tiempo, Occidente, La República, El País o El Espectador), con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el mismo, advirtiendo que los eventuales postores deberán allegar sus ofertas directamente al correo del Juzgado j03prmpalcandelaria@ cendoj.ramajudicial.gov.co, donde se garantizará la reserva del caso. (artículo 450 del C.G.P.) De tratarse de un bien inmueble, con la constancia de la publicación del aviso deberá allegarse un certificado de tradición y libertad del inmueble, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate (Numeral 6 del Art. 450 del C.G.P.). NOTIFÍQUESE NATALY ANDREA LOPEZ ZUÑIGA JUEZ TERCERO (3) PROMISCUO MUNICIPAL DE CANDELARIA VALLE