Aviso: Avisos de Remate
Fecha: 2026-08-23
AVISO DE REMATE LA SECRETARIA DEL JUZGADO CUARTO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE POPAYÁN HACE SABER: Que dentro del proceso Ejecutivo con Titulo Hipotecario con radicado 19001418900 420220082300, propuesto por BANCO DAVIVIENDA en contra de CLARA INES RIVAS SERNA, en auto del 6 de junio de 2026 se SEÑALA el día MARTES 8 DE SEPTIEMBRE DE 2026 a las dos de la tarde (2:00 P:M), para que tenga lugar el REMATE, respecto del bien inmueble identificado con Folio de matrícula Inmobiliaria No. 120- 204652 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Popayán, que se denuncia como propiedad de la demandada CLARA INES RIVAS SERNA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 25.424.735, y que se encuentra ubicado en el apartamento 407, multifamiliar 24, proyecto parque las Garzas, ubicado en la Calle 4B No. 52E- 28 de la Municipalidad de Popayán, con un área aproximada de 43,91 m2 comprendido en los siguientes linderos especiales: “Del punto 1 al punto 2 en 4.69 metros, 2,60 metros, 2.09 metros, 1.88 metros, 0,08 metros, 1.80 metros, 260 metros, 2,60 metros, 2,68 metros, 0,08 metros, 2,68 metros y 2,80 metros con muro común, hacía vacío común a acceso B Común, hacía vacío zona verde común y hacía el interior de este apartamento. Del punto 2 al punto 1 en 2,60 metros, 2.00 metros, 0.08 metros 2.00 metros. 2,60 metros, 1,90 metros, 1,70 metros, 0.08 metros, 1,70 metros, 1,87 metros, 1,62 metros, 1,16 metros, 0,08 metros, 1,89 metros, 0.08 metros, 0,65 metros, 3,12 metros, 2,45 metros, 1,42 metros, 0,90 metros, 0,08 metros y 2,68 metros con muro y puerta comunes hacia vacío primer piso, hacía el interior de este apartamento hacía apartamento 408 y hacía punto fijo común”. No obstante, la cabida y linderos correspondientes, se trata de cuerpo cierto e incluye las mejoras presentes y futuras, anexidades, usos y costumbres y las servidumbres que legal y naturalmente le correspondan. Téngase para todos los efectos que el auxiliar de la justicia que actúa dentro del proceso como secuestre al Dr. Paulo Cesar Bonilla, identificado con la cédula de ciudadanía No. 76329506, residente en la calle 3 No. 3-40 de esta ciudad, abonado celular No. 3176476604 y correo electrónico bonillaperlazasociados@gmail.co. INDICAR que la licitación iniciará a las DOS DE LA TARDE (2:00 p.m.) y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora, siendo postura admisible de esta licitación, la que cubra el SETENTA POR CIENTO (70%) del monto del avalúo asignado en la SUMA de CINCUNETA Y SEIS MILLONES QUI NIENTOS SENTENTA Y UN MILQUINIENTOS PESOS M/CTE ($56.571.500), previa consignación del cuarenta por ciento (40%) de ese mismo avalúo, para ser postor. No obstante, se podrá hacer postura dentro de los cinco días anteriores al remate. Además, se debe acreditar la constancia de haber consignado el porcentaje necesario parahacer postura, será necesario que la propuesta se envíe al correo institucional del Juzgadomediante documento en formato PDF protegido con una contraseña, en la forma como lo enseña el protocolo. Si bien no es necesaria la presencia del proponente, éste deberá al momento del cierre dela subasta, esto es, después de haber transcurrido una hora desde el inicio de la audiencia, suministrar a quien la esté dirigiendo, la clave bajo la cual remitió su propuesta en PDF, sopena de no tenerla en cuenta; en lo demás conforme al artículo 452 del C.G.P. ANÚNCIESE el remate con el lleno de las formalidades de que trata el art. 448 Y 450 del CGP, haciéndose las publicaciones de este, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en el periódico EL TIEMPO, EL ESPECTADOR o EL PAÍS un domingo, para lo cual se hará entrega de sendas copias al interesado. Popayán, 4 de agosto de 2026 NATALIA MARIA LOPEZ CALVACHE Secretaria Firmado Por: Natalia María López Calvache Secretaria Juzgado Pequeñas Causas Juzgado 004 Pequeñas Causas Y Competencia Múltiple Popayan - Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7069a271 a613b502 e569a64a141c1 e1282b5a89455 984945699f2 204f0c958e2 Documento generado en 05/08/2026 09:42:29 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https:// firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/ FirmaElectronica