Aviso: Avisos de Remate
Fecha: 2026-09-13
República de Colombia - rama judicial – el juzgado séptimo civil municipal de Tuluá - hace saber que dentro del presente proceso ejecutivo para la efectividad de la garantía real propuesto por Banco Davivienda S.A. Nit 860034313-7 contra de cc # 94368412 Garcia Osorio Jhon David, radicado 76 834 40 03 007 2022 00154 00 ha señalado el día martes veintinueve (29) de septiembre de 2026, a partir de las 9:00 a.m. para llevar a cabo la diligencia de remate de los siguientes bienes inmueble de propiedad del demandado: los bienes inmuebles con folio de matrícula inmobiliaria No. 384-118503 de la oficina de registro de instrumentos públicos de Tuluá Valle, ubicado en carrera 6W # 21-10 Lote No. 13 Manzana 8 Urbanización Villa del Lago, Municipio de Tuluá, departamento del Valle, inmueble que se encuentra debidamente embargado y secuestrado. el bien inmueble se encuentra avaluado así; inmueble identificado con la Matricula inmobiliaria 384-118503 de la oficina de registro de instrumentos públicos de Tuluá (v), en la suma de ciento diez millones cuarenta y ocho mil cuatrocientos pesos ($ 110.048.400,oo) y será postura admisible la que cubra el 70% del avaluó del bien, es decir, la suma de setenta y siete millones treinta y tres mil ochocientos ochenta pesos ($77.033.880,oo) y el postor hábil quien consigne previamente el 40% de dicho avaluó, es decir la suma de cuarenta y cuatro millones diecinueve mil trescientos sesenta pesos ($44.019.360,oo). El número de cuenta depósitos judiciales del juzgado No. 768342041007 código del juzgado séptimo civil municipal de Tuluá No. 768344003007, del Banco Agrario de Colombia. El auxiliar de la justicia (secuestre) que lo tiene bajo su custodia es el señor Florián Mauricio Rada identificado con la cedula de ciudadanía 6.492.705 de Tuluá valle quien puede ser ubicado en la Cl 26 a 1 14 60 barrio la esperanza, y el número celular 3154598607, correo electrónico; radaflorian@gmail.com, tener como base de la licitación que corresponde al 70% del avalúo del bien inmueble a rematar, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 3o del art. 448 del cgp esto las sumas consignadas en la parte considerativa. expídase el listado de remate, tal como lo ordena el artículo 450 del código general del proceso, para que se efectúen las respectivas publicaciones el día domingo por una sola vez en un diario de amplia circulación de la ciudad, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, y allegue junto con las publicaciones un certificado de tradición de los bienes a rematar debidamente actualizado expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate. la diligencia de remate se tramitará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 451 y 452 del c.g.p. sin perjuicio de lo anterior, la publicación del aviso deberá de indicar que la audiencia se celebrará de manera virtual, a través del link que estará publicado en la página www.ramajudicial.gov.co en el micrositio del despacho – remates, tal y como advierten las instrucciones para las subastas virtuales que se reiteran a continuación: instrucciones de la subasta virtual la oferta deberá de remitirse única y exclusivamente, al correo electrónico j07cmtulua@cendoj.ramajudicia.gov.co en formato pdf debidamente suscrita; la clave será suministrada por el ofertante únicamente al juez en el desarrollo de la audiencia virtual, en la forma y oportunidad prevista en el artículo 452 del código general del proceso. Previo a la fecha y hora señaladas, la publicación deberá de remitirse de manera legible en formato pdf y enviarse al correo institucional en la misma deberá de observase claramente la fecha en que se realizó. En la publicación se deberá de indicar que la audiencia se celebrará de manera virtual, a través del link que estará publicado en la página www.ramajudicial.gov.co en el micrositio del despacho – remates. Lo anterior con el fin de realizar el correspondiente control de legalidad. los interesados deberán de presentar: i. la oferta de forma digital debidamente suscrita con una clave personal en formato pdf que solo debe de conocer el oferente y que suministrará en el desarrollo de la audiencia virtual cuando lo indique el juez. ii. copia del documento de identidad. iii copia del comprobante de depósito para hacer la postura correspondiente en los términos de lo previsto en el artículo 451 y ss ibídem, lo anterior a fin de garantizar los principios de transparencia, integridad y autenticidad, consagrados en el parágrafo del artículo 452 del c. general del proceso. se itera que dicho documento debe ser digital con clave asignada por el oferente. se recomienda a los interesados en hacer parte de la licitación, realizar sus posturas dentro de los términos contemplados en los artículos 451 y 452 del c.g. del p., esto es, dentro de los cinco (5) días previos a la fecha fijada para la diligencia o dentro de la hora siguiente al inicio de la misma; en todo caso, bien sea de una u otra forma, las mismas deberán remitirlas únicamente al correo electrónico del despacho: juzgado séptimo civil municipal de Tuluá, j07cmtulua@cendoj.ramajudicial.gov.co, así como también y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 106 y 109 ibidem, dentro de los días y horas hábiles laborales; finalmente, se les advierte que las posturas deberán contener la siguiente información básica: (1) bienes individualizados por los cuales se hace postura; (2) cuantía individualizada de la postura; (3) nombre completo y apellidos del postor; (4) número de teléfono celular del postor o su apoderado. anexos a la postura, y (5) en documento cifrado con contraseña: el mensaje de datos de la postura deberá contener los siguientes anexos, en formato pdf: (1) copia del documento de identidad del postor; (2) copia del certificado de existencia y representación legal, para el caso de personas jurídicas; (3) copia del poder y documento de identidad del apoderado, para el caso de postura por apoderado; y (4) copia del depósito judicial materializado para hacer postura, notifíquese y cúmplase, gustavo adolfo mendoza martinez juez municipal, juzgado municipal civil 007 Tulua - valle del cauca