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Fecha: 2026-02-15

REPUBLICA DE COLOMBIA JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA PALACIO DE JUSTICIA Carrera 2 N° 5 – 55 / Telefax: (0928) 40-OO-96 GUAPI – CAUCA J01prfguapi@cendoj.ramajudicial.gov.co EDICTO EMPLAZATORIO El suscrito SECRETARIO, DEL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE GUAPI, CAUCA, EMPLAZA Al señor ERWIN VIAFARA HURTADO, identificado con la cedula de ciudadanía Nro. 1.064.489.520 expedida en Timbiquí Cauca, para que comparezca al JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE GUAPI CAUCA, a recibir notificación en el proceso de JURISDICCION VOLUNTARIA DE DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO, radicado bajo la partida 19-318-31-84- 001-2024-00013-00, adelantado en este Despacho por intermedio de apoderado judicial, por el señor ABRAHAM VIAFARA VENTE, identificado con la cedula de ciudadanía Nro. 76.277.710, expedida en Timbiquí Cauca, con la prevención a quienes tengan noticias del señor ERWIN VIAFARA HURTADO, para que lo informen al Juzgado. De acuerdo con lo ordenado en el numeral 2° del artículo 97 del Código Civil, en concordancia con el numeral 1° del artículo 584 de la misma obra, la citación del del desaparecido deberá hacerse por medio de edictos publicados en día domingo, tres (3) veces por lo menos, habiendo transcurrido más de cuatro (04) meses entre cada dos (02) citaciones, en uno de los periódicos de mayor circulación en la capital de la República (Diario “EL TIEMPO”); en un periódico de amplia circulación en Timbiquí Cauca, (Diario “EL PAIS”), o el que considere la parte Demandante, siempre y cuando sea de amplia circulación en este Municipio, por tratarse del último domicilio conocido del desaparecido; y en una radio difusora con sintonía en esa misma localidad. De conformidad con lo señalado en el artículo 108 del C.G.P. el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de la publicación de presente edicto emplazatorio en el registro nacional de personas emplazadas. Si el emplazado no comparece se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación. Para constancia se libra el presente edicto emplazatorio el tres (03) de Septiembre de Dos Mil Veinticuatro (2.024). El Secretario OSCAR EDUARDO ZURITA GRUESO JPF GUAPI CAUCA