Logo izquierdo Logo derecho

Aviso: Otras Ciudades

Fecha: 2026-05-03

NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE PUERTO TEJADA CAUCA. EMPLAZA. A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada del causante JORGE LUIS OREJUELA, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía No. 1.453.864 expedida en Caloto - Cauca, fallecido el 16 de julio de 2023 en Padilla – Cauca, lugar de su ultimo domicilio, según las manifestaciones realizadas en el poder otorgado al abogado. Sucesión iniciada mediante el Acta No. 03 del 27 de abril del año 2026, reconociendo a los señores JOSE ALDEMIR OREJUELA MINA, ELIZABETH OREJUELA MEJIA, MARINELLA OREJUELA LUCUMI, VICTOR HUGO OREJUELA MEJIA, EVERGISTO OREJUELA MINA, OLGA NUR OREJUELA MEJIA y OVER OREJUELA URRUTIA, quienes comparecen en calidad de hijos y herederos legítimos del causante. Para que dentro del término de diez (10) días a la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación y la emisora local se presenten a hacerlo valer. El presente Edicto se publica y expide a los VEINTISIETE (27) DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO AÑO DOS MIL VEINTISEIS (2026) LIZETH ANDREA RIAÑO GALLEGO. NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE PUERTO TEJADA CAUCA. (E). El presente edicto se desfija hoy 12 de mayo de 2026. NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE PUERTO TEJADA CAUCA.