Aviso: Otras Ciudades
Fecha: 2026-06-28
NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE PUERTO TEJADA CAUCA. EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en sucesión intestada de la causante MARIA TERESA SIERRA, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía No. 25.620.554, fallecida en Palmira - Valle, el 29 de octubre del 2025, sin embargo fue el Municipio de Puerto Tejada, el asiento principal de su domicilio y de sus negocios, según las manifestaciones realizadas en el poder otorgado al abogado y en la escritura pública No. 225 del 01 de abril del 2026, otorgada en la Notaria Única de Puerto Tejada. Sucesión iniciada mediante el Acta No. 11 del 23 de junio del año 2026, reconociendo a la señora LUZ MARLY ORTIZ GALLEGO, mayor de edad, identificada con la cedula de ciudadanía No. 25.618.212 expedida en Puerto Tejada - Cauca, en su calidad de cesionaria de derechos herenciales a título universal según escritura pública No. 225 del 01 de abril del 2026, otorgada en la Notaria Única de Puerto Tejada. Para que dentro del término de diez (10) días a la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación y la emisora local se presenten a hacerlo valer. El presente Edicto se publica y expide a los VENTITRES (23) DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS (2026). LIZETH ANDREA RIAÑO GALLEGO NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE PUERTO TEJADA CAUCA (E) El presente edicto se desfija hoy 08 de julio de 2026. NOTARIA UNICA DE PUERTO TEJADA CAUCA.