Aviso: Otras Ciudades
Fecha: 2026-06-28
NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE PUERTO TEJADA - CAUCA. EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en sucesión intestada y liquidación de la sociedad conyugal del causante LUIS OLIVER ORTIZ LUCUMI, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 1.453.023, fallecido en la Ciudad de Cali, el 01 de abril del 2003, sin embargo, fue el Municipio de Puerto Tejada, el asiento principal de su domicilio y de sus negocios, según las manifestaciones realizadas por los comparecientes en la solicitud. Sucesión iniciada mediante el Acta No. 08 del 23 de junio del año 2026, reconociendo a los señores ANA CARLOTA OCORO DE ORTIZ, PABLO NERY ORTIZ OCORO, WILSON ORTIZ OCORO, OLGA LUCIA ORTIZ OCORO, MARIA XIOMARA ORTIZ OCORO, quienes comparecen en nombre propio sin la representación de un abogado; De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 1 del Decreto 902 de 1988, en calidad de cónyuge supérstite e hijos y herederos legítimos respectivamente del causante. Para que dentro del término de diez (10) días a la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación y la emisora local se presenten a hacerlo valer. El presente Edicto se publica y expide a los VENTITRES (23) DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS (2026). LIZETH ANDREA RIAÑO GALLEGO. NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE PUERTO TEJADA - CAUCA. (E). El presente edicto se desfija hoy 08 de julio de 2026. NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE PUERTO TEJADA CAUCA.