Aviso: Otras Ciudades
Fecha: 2026-09-20
NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE PUERTO TEJADA - CAUCA. EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en liquidación de la causante INDALECIA SANDOVAL CETRO, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía No. 34.507.014 expedida en Puerto Tejada, fallecida el 10 de octubre del 1994 en Puerto Tejada – Cauca, según las manifestaciones realizadas en la solicitud presentada. Sucesión iniciada mediante el Acta No. 18 del 15 de septiembre del año 2026, reconociendo a la señora ROSAURA MONTAÑO DE BALANTA, mayor de edad, vecina de Puerto Tejada – Cauca, identificada con la cedula de ciudadanía No. 34.509.578 expedida en Puerto Tejada – Cauca, quien comparece en nombre propio sin la representación de un abogado; De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 1 del Decreto 902 de 1988, en su calidad de cesionaria de derechos herenciales a título universal, según escritura pública No. 296 del 30 de abril del 2026, otorgada en la Notaria Única de Puerto Tejada – Cauca. Para que dentro del término de diez (10) días a la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación y la emisora local se presenten a hacerlo valer. El presente Edicto se publica y expide a los QUINCE (15)DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS (2026). LIZETH ANDREA RIAÑO GALLEGO. El presente edicto se desfija hoy 28 de septiembre de 2026. ALEXANDRA GONZALEZ VILLAMARIN NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE PUERTO TEJADA - CAUCA.